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¿SABIA UD. QUÉ LE CUBRE EL FONDO COMPENSADOR?

El Fondo Compensador es un seguro obligatorio que reemplaza al seguro de vida mutual y el seguro de vida mutual familiar y está incluido en el Decreto 1721/97 y se descuenta de sus haberes por el código nº 777.El descuento fijo y por agente se realiza en un solo recibo de sueldo y es de $8,76

COBERTURA
1. SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DEL AGENTE
- Se paga $3.500.- a los beneficiarios o herederos.
- Para su cobro se deberá hacer constar un beneficiario para lo cual hay que concurrir a las oficinas del Fondo Compensador, sita en el Banco de la Ciudad de la Avda. Diagonal Norte, en el subsuelo, con los datos personales del beneficiario (apellido completo, DNI, etc.)
2. SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DE FAMILIAR
- Se paga $1.750.-
A. para los agentes, jubilados o pensionados con hijos: por fallecimiento de hijos menor o incapaz.
B. Para los agentes o jubilados sin hijos: por fallecimiento de sus padres.
C.Para los agentes o jubilados casados: por fallecimiento de cónyuge.
D.Para los o jubilados solteros o divorciados: por fallecimiento del concubino /a o pareja conviviente.
3. SUBSIDIO POR TRANSPLANTE DE ÓRGANOS
- Se paga hasta $200.- a los efectos de cubrir hasta el %80 de los gastos
- Será abonado en caso de requerirse transplante de órganos para el agente, jubilado o pensionado incorporado al régimen y para algún miembro del grupo familiar que estuviera a cargo del agente, jubilado o pensionado.

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